La Administración Federal de Ingresos Públicos
actualizó los valores de las deducciones personales (mínimo no imponible,
deducción especial y las cargas de familia) y los tramos de ingresos de las
alícuotas que se utilizan para calcular la retención del Impuesto a las
Ganancias.
El organismo dirigido por Alberto Abad actualizó las
escalas sobre la base de la variación de la Remuneración Imponible Promedio de
los Trabajadores Estables (RIPTE) desde noviembre de 2016 a octubre de 2017.
Ahora los valores deducibles para el acumulado
de los doce meses de 2018, antes del pago del Impuesto a las Ganancias, son los
siguientes:
Ganancias no imponibles hasta 66.917,91
pesos.
Por cónyuge 62.385,20 pesos.
Por cada hijo, hija, hijastro o hijastra menor
de 18 años o incapacitado para el trabajo 31.461,09 pesos.
Deducción especial hasta 66.917,91 pesos.
Con estos nuevos valores los empleados en relación
de dependencia pagarán menos impuesto a las ganancias sobre los salarios que
cobren desde el primer día de enero de 2018.
Las actualizaciones de los valores están
contempladas en la ley de Impuesto a las Ganancias, en sus artículos 23 y 90,
donde se establece un parámetro específico de actualización a través del
coeficiente de variación anual de la Remuneración Imponible Promedio de los
Trabajadores Estables (RIPTE), al cabo de cada octubre, que en este caso
fue de 28,77%, pasó de $20.069,30 a 25.843,50 pesos.
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