A tres meses de la explosión de la causa de los
cuadernos de la corrupción, la sintonía entre el juez Claudio Bonadio y los
fiscales Carlos Stornelli y Carlos Rívolo mostró uno de sus primeros
cortocircuitos: fue por la decisión del juez de no compartir los legajos de los
"arrepentidos" con otros magistrados de Comodoro Py 2002 y del
interior del país que investigan causas de corrupción, en las que figuran
varios de los protagonistas de las anotaciones del chofer Oscar Centeno.
Ahora, los fiscales le pidieron a la Cámara Federal
que revoque el criterio de Bonadio: dijeron que el juez habrían incurrido
en una "arbitrariedad manifiesta" porque la ley 27.304 "no
establece prohibición alguna de que la declaración como acto jurídico pueda ser
incorporado a otro expediente". Y explicaron que aunque Bonadio tenga un
año para corroborar los dichos de los arrepentidos en el caso cuadernos, los
tiempos corren para las otras causas penales que se abrieron con anterioridad y
en las que las confesiones podrían ser claves.
"Las declaraciones de los arrepentidos son un
acto público que goza de entera fe y una vez que es homologado pasa a
incorporarse al expediente y constituye un documento público" disponible
para "todos los tribunales y fiscales de todo el país, cuya eficacia será
valorada por el tribunales que en definitiva intervenga", sostuvieron
Stornelli y Rívolo
La dupla Stornelli-Rívolo atacó también la hipótesis
de una autoincriminación en otros procesos: la Constitución Nacional
prohíbe que un imputado sea obligado a declarar contra sí mismo,
"situación que dista mucho de los imputados-arrepentidos" cuando
asesorados por sus defensas "deciden libre y voluntariamente aportar
ciertos datos o información" en el "ejercicio mismo de su libertad de
expresión y de la toma de decisión estratégica de colaboración, en post de un
beneficio futuro al cual se ha comprometido". Y que, una vez homologado,
pasa a ser "una pieza jurídica de un expediente donde ha sido celebrado el
acuerdo".
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