La Administración Nacional de Medicamentos,
Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la comercialización de un
aceite de oliva.
A través de la disposición 2090/2018, que se publicó
este lunes en el Boletín Oficial, el organismo detalló que se trata del "aceite
de oliva Blend Gourmet, marca Olivalle, con el símbolo facultativo de alimento
libre de gluten, RNPA N° 02- 588337, envasado y elaborado por RNE N° 02-034846,
origen La Rioja".
"El producto se halla en infracción al artículo
3° de la Ley 18284, al artículo 3° del Anexo II del Decreto 2126/71 y a los artículos,
6 bis, 13, 155, 1383 y 1383 bis del CAA, por carecer de autorizaciones de
establecimiento y de producto, consignar el símbolo facultativo de
alimento libre de gluten sin estar autorizado como tal y estar falsamente
rotulado al presentar en el rótulo un RNPA perteneciente a otro producto y
que no está vigente y un RNE que corresponde a otra firma, resultando ser en
consecuencia ilegal", indica el texto oficial.
Y agrega: "Que por tratarse de productos que no
pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como producidos,
elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado, no podrán ser
elaborados en ninguna parte del país, ni comercializados ni expendidos en el
territorio de la República de acuerdo a lo normado por el Artículo 9° de la Ley
18284".
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