Los hinchas deberán estar empadronados y registrados
para poder concurrir a estadios de fútbol en la Argentina. El sistema, similar
al Fan ID que se utilizó en el Mundial de Rusia 2018, fue oficializado en una
resolución del Ministerio de Seguridad de la Nación que se publicó esta semana.
"Establézcase la exigencia de empadronamiento y
registro de toda persona que concurra a un espectáculo futbolístico en el
territorio de la República Argentina. La emisión de la credencial
identificatoria del simpatizante empadronado estará a cargo del Organizador",
dispone la norma.
En otro artículo de la norma, se instruye a la
Dirección Nacional de Seguridad en Espectáculo Futbolísticos "a dictar,
previa conformidad de la máxima autoridad de la jurisdicción, las normas
técnicas complementarias, aclaratorias e interpretativas pertinentes, como así
también la suscripción
de convenios necesarios para la implementación y
cumplimiento de lo establecido en la presente".
La resolución del Ministerio se basa en la Ley del
Deporte, que establece que el Estado Nacional, por intermedio de sus organismos
competentes, debe velar por la seguridad y corrección de los espectáculos
deportivos.
En ese contexto, se introdujo en la legislación el
"Régimen Penal y Contravencional para prevención de la violencia en los
espectáculos deportivos" y el Ministerio de seguridad elaboró el
denominado "Reglamento de Prevención contra la violencia e Espectáculos
Futbolísticos" y las disposiciones necesarias para su implementación.
En el artículo 11° del reglamento queda establecido
que el Organizador deberá comprobar la identidad de los concurrentes a un
espectáculo futbolístico a través de la presentación del Documento
Nacional de Identidad (D.N.I.) o Pasaporte, según el caso, o identificación
biométrica.
Por lo tanto, el Ministerio propicia "en el
territorio de la República Argentina la creación y vigencia
del empadronamiento
de las personas que deseen asistir a un encuentro futbolístico, en cualquiera de
sus categorías divisionales, quedando en cabeza del organizador la facultad de
disponer la modalidad de la carga y registro para conformar dicho
empadronamiento y extender la credencial identificatoria del
simpatizante".
Los datos obtenidos en el empadronamiento deberán
ser confrontados con los registros obrantes en la Dirección Nacional de
Seguridad en Espectáculos Futbolísticos, que reúne en su base de datos las
informaciones suministradas por todos los organismos de seguridad a nivel
nacional con competencia en la materia.
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